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Channel: Comentarios en: Mitos del mercado de trabajo español
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Por: AG

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Voy por el tercer grupo de comentarios y me disculpo por la extensión, pero los vuestros me parecen muy interesantes y oportunos. La existencia de una Nairu elevada se deriva de que la economía española no ha logrado en los ciclos expansivos reducir hasta niveles próximos al pleno empleo la tasa de paro. Lo cual sucede por un grupo largo de razones (ajustes estructurales en los años ochenta, mayor destrucción de empleo en las crisis, altísimo crecimiento de la actividad laboral, etc.) que son diferenciales respecto a los demás países. Pero, se ha asociado esa elevada nairu con una rigidez laboral que sin embargo no se evidencia con los indicadores comparados estrictamente laborales (hay en el artículo un gráfico sobre la situación comparada del despido del año 1995 que creo que es expresivo). Por otro lado, nuestros problemas no están en los niveles salariales, que son mucho más bajos que en los demás países: el diferencial de costes laborales e mucho, mucho mayor que el de productividad, y que el del PIB per cápita. Los problemas de competitividad y otros no son de costes salariales o rigidez laboral porque los datos ponen de manifiesto lo contrario. Se mira demasiado a menudo hacia el lado donde no están ese tipo de problemas. El modelo laboral necesita importantes reformas, pero no en el sentido de desregularlo más, sino en el de que se parezca más al de los demás países europeos. Y esto me lleva a la dualidad, que es parte de lo que quiere mostrarse en el artículo: no hay una rigidez mayor en el despido, ni indemnizaciones por despido mayores que justifiquen el diferencial de dualidad laboral y la altísima tasa de temporalidad. Nuestra legislación laboral en la contratación temporal es más dura (también se dice) y sin embargo la temporalidad es mucho más alta. ¿Por qué? Simplemente porque no se cumple en absoluto. El fraude es tan general (todos sabemos que nunca una empresa mira al contratar si el trabajo a realizar es temporal o no, y que ese incumplimiento no tiene revisión ni consecuencias para la empresa) que la legislación es como si no existiera (desregulación). Por eso hay más temporalidad que en los demás países, cuando los costes y procedimientos de despido no son más rígidos. En unos días publicaré un artículo sobre todo esto y sobre la falsa solución del contrato único. Me gustaría entonces volver a contar con vuestras críticas.
Saludos.


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